Laboral

Empleador debe pagar el valor total del auxilio de transporte, independientemente de las horas laboradas

El Ministerio del Trabajo resolvió una consulta relacionada con el monto del auxilio de transporte que se le debe pagar a un trabajador que labora turnos partidos.

La entidad precisó que el pago completo del auxilio de transporte no se determina por el número de horas laboradas, sino por la cantidad de días que se laboran.

Así, aunque el trabajador labore medio tiempo, para efectos de la consulta, debe realizar el mismo gasto para desplazarse a su lugar de trabajo que otro que labora la jornada completa.

Por lo tanto, el empleador está obligado a pagar el valor total del auxilio de transporte, siempre y cuando el trabajador devengue menos de dos salarios mínimos mensuales legales vigentes, de acuerdo con lo previsto en la Ley 15 de 1959. (Lea: Salario mínimo se reajustó en 3,5 %)

 

Auxilio de conectividad digital

Cabe anotar que, en virtud del Decreto 771 del 2020, de manera temporal y transitoria, mientras esté vigente la emergencia sanitaria declarada con ocasión de la pandemia derivada del coronavirus (covid-19) el empleador deberá reconocer el valor establecido para el auxilio de transporte como auxilio de conectividad digital.

 

Tienen derecho a este auxilio los trabajadores que devenguen hasta dos salarios mínimos legales mensuales vigentes y que desarrollen su labor en casa. El auxilio de conectividad digital y el auxilio de transporte no son acumulables, advirtió la entidad.

 

La Corte Constitucional declaró exequible este decreto, bajo el entendido que se podrá extender más allá de la vigencia de la emergencia sanitaria, cuando sea necesario garantizar la continuidad del trabajo en casa, con el fin de evitar el contagio del coronavirus (covid-19). (Lea: Auxilio de conectividad sustitutivo del auxilio de transporte procede aun cuando no haya emergencia sanitaria).

 

Mintrabajo, Concepto 257, Dic. 3/20.

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