A partir del 2023, se empezara la reducción progresiva de la jornada laboral.
En síntesis, lo aprobado contiene los siguientes elementos:
1. La ley modifica el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo (CST) y reduce la jornada laboral de 48 a 42 horas semanales.
2. La modificación será progresiva:
a. Durante los dos años siguientes a la entrada en vigencia de la ley, la jornada no se modificará. Esto con el objetivo de permitir que la reducción se empiece a implementar cuando se haya superado la crisis económica actual por cuenta de la pandemia, lo que le permitiría a los empleadores prepararse para el cambio.
b. En 2023 se reduciría 1 hora.
c. En 2024 se reduciría 1 hora.
d. En 2025 y 2026 se reducirían 2 horas por año para que finalmente, a partir de 2026, la jornada laboral quede en 42 horas semanales.
3. Las 42 horas “podrán ser distribuidas, de común acuerdo, entre empleador y trabajador, en 5 o 6 días a la semana, garantizando siempre el día de descanso”.
4. El mínimo de horas de trabajo diario será de 4 horas y el máximo de 9, respetando siempre lo establecido en materia de jornada ordinaria por el artículo 160 del CST.
5. La disminución de la jornada no implica una disminución del salario ni podrá afectar los derechos adquiridos ni las garantías de los trabajadores.
6. Esta disminución exonerará a los empleadores de aplicar lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 1857 del 2017 sobre tiempo familiar y en el artículo 21 de la Ley 50 de 1990 sobre espacios para actividades recreativas, culturales, deportivas y de capacitación.
Sin embargo, la exoneración será aplicable totalmente cuando se haya alcanzado la nueva jornada máxima y en el entretanto dichos beneficios deberán ser reducidos a la par con la implementación progresiva de la reducción de la jornada.
7. La reducción también aplicará para empleados del sector público.
8. Dentro de los 5 años siguientes a la entrada en vigencia de la ley el Gobierno deberá hacer una evaluación sobre su cumplimiento y deberá rendirle informes anuales al Congreso al respecto. #asesorialaboral #abogadoscolombia #abogadolaboral #derecholaboral #empresascolombianas #asesorisjuridica
Sin comentarios